Contra la pornografía Infantil
De acuerdo con la Ley 679 del 3 de Agosto de 2001 expedida por El Congreso de la República y según lo establecido en dicha Ley, todas las personas deben prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación, alojamiento, uso, publicación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, uso indebido de redes globales de información, o el establecimiento de vínculos telemáticos de cualquier clase relacionados con material pornográfico o alusivo a actividades sexuales de menores de edad.
En desarrollo de lo dispuesto y en cumplimiento de los Articulos 16 y 17 de dicha ley, la agencia advierte al turista que la explotación y el abuso sexual de menores de edad en el país son sancionados penal y administrativamente, conforme a las leyes vigentes.
Así mismo y con el fin de dar cumplimiento a la Resolución 3840 del 24 de diciembre de 2009 y según el Artículo 1 de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009, adoptamos el modelo de Código de Conducta, con el fin de prevenir e impedir la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en la actividad turística.
Estamos ubicados en:
Oficina Bogotá : Av. Carrera 45 No. 108 -27 Edificio Paralelo 108 - Torre 2, Oficina 1301
Oficina Pereira : Calle 14 No 23-156
Call Center
Bogotá: 57 (1) 7427071
Pereira: 57 (6) 3214424
Cali: 57 (2) 4855942
Medellín: 57 (4) 6040109
Barranquilla: 57 (5) 3850961